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Título

PAGO DE MULTAS Y DISPENSA ELECTORALES A TRAVÉS DE INTERNET

Descripción

C​OMUNICADO​

PAGO DE MULTAS Y DISPENSA ELECTORALES A TRAVÉS DE INTERNET

En atención a las recientes Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 y a los próximos procesos electorales, respecto a las Multas y Dispensas Electorales se precisa lo siguiente:

·         La Ley Nº 28859, publicada el 3 de agosto del 2006, en el segundo párrafo de su Artículo 4 y en su Artículo 6, ELIMINA la Multa por Omisión al Sufragio para los peruanos residentes en el exterior. Sin embargo, SE MANTIENE la Multa por Inconcurrencia a la Instalación e Integración de la mesa de sufragio o por negarse al desempeño del cargo de Miembro de Mesa. 

 ·         El numeral 77 de la Tarifa de Derechos Consulares aprobada por el Decreto Supremo Nº 045-2003-RE, modificado por el Decreto Supremo Nº 021-2011-RE, aplicable a los peruanos en el exterior, contempla el pago de 64 soles consulares como Multa por Inconcurrencia a la Instalación de las mesas de sufragio o por negarse a su conformación. Dicho pago se realiza en las distintas oficinas consulares del Perú y NO PROCEDE ENTREGA DE HOLOGRAMAS por este concepto (los mismos solo se entregan en el supuesto de omisión al sufragio). 

 ·         CONNACIONALES QUE NO CAMBIARON DIRECCIÓN DOMICILIARIA EN SU DNI: La Multa por Omisión al Sufragio NO PUEDE SER PAGADA en las Oficinas Consulares y NO ES CONDICIÓN PARA REALIZAR DISTINTOS TRÁMITES. De manera opcional, los connacionales pueden realizar ON LINE el pago de multas o gestionar sus Dispensas Electorales por Omisión al Sufragio. Se adjunta los documentos de divulgación para realizar estas gestiones de manera virtual en una plataforma digital. Mucho se agradecerá la más amplia divulgación de estas informaciones entre los connacionales de su jurisdicción.

·         Se precisa que los trámites de Dispensas y Justificaciones Electorales que ya fueron presentados ante las Oficinas Consulares anteriormente seguirán su procedimiento regular. Para los próximos procesos electorales dichos trámites se deberán realizar directamente a través de esta nueva plataforma digital.  

 ·         Como en Venezuela no se celebraron las referidas elecciones, no se aplicará multa alguna, salvo aquellos ciudadanos que poseen DNI con domicilio en el Perú. 

Ver el procedimiento en el siguiente link: PAGO DE MULTAS.pdf

 Caracas, 13 de marzo de 2020

Fecha de Publicación

13/03/2020

Datos adjuntos

Creado el 25/05/2021 11:27 p.m. por César Jhonny Torres Pajuelo
Última modificación realizada el 25/05/2021 11:27 p.m. por César Jhonny Torres Pajuelo